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Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo
Descripción
El interesado presentara escrito libre de manera personal, vía correo electrónico o se elabora por parte del personal adscrito a la Dirección un escrito, en la que proporcionara los elementos que hagan presumible la violación a las normas de trabajo debiendo proporcionar el domicilio del centro de trabajo donde se practicara la visita de inspección.
Fundamento jurídico
Artículos 123 Apartado "A" fracción XXXI y 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, 4 fracción III, 24 fracción XXVI, XXVII, XVIII, XXIX, XXXVIII,XLIV, XLV, LI, LII, LIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos, publicado en el periódico oficial “Tierra y Libertad” No. 5641, el día 5 de octubre de 2018; artículos 4 fracción VII, 7 fracción II inciso a),16 fracciones I, II,III, IV, V VI, y XII y 33 del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Económico y del Trabajo publicado en el periódico oficial “Tierra y Libertad” No. 5651, el día 20 de noviembre de 2018; artículos 132, fracciones I y XXIV, 523 fracción III y VI, 529, 540, 541, 542, 543, 545, 550 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo; artículos 4, 6, 7 fracciones I, II, VI y XXIV, 12, 13 fracción II inciso a) y b), 23, 25, 26 y 29 del Reglamento en Materia de Inspección del Trabajo para el Estado de Morelos; aplicable en relación con la Tercera, Sexta, Séptima y Décima Tercera Disposiciones Transitorias de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos mencionada y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 523 fracciones III y VI., 529, 545, de la Ley Federal del Trabajo; artículos 3, 4 fracción III, 9 fracción IV, 24 fracción XLIV, XLV, LI, LII, LIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos en cita; artículo 16 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Económico y del Trabajo vigente; artículos 4, 7 fracciones I, II, y VI del Reglamento en Materia de Inspección del Trabajo para el Estado de Morelos, aplicable de conformidad con las Disposiciones Transitorias de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos antes mencionadas